VeriFACTU a 2028: la fecha que sigue obligando hoy

Verifactu aplazado a 2028

Hacienda anuncia un nuevo aplazamiento, pero el Real Decreto que lo confirme todavía no existe

El 5 de octubre de 2026, el mismo día en que entraba en vigor la orden que fija las fechas definitivas de la factura electrónica obligatoria, el Ministerio de Hacienda anunció también su intención de aplazar VeriFACTU hasta octubre de 2028, para que ambas obligaciones convivan en un único calendario. Es el tercer aplazamiento que vive VeriFACTU, y conviene distinguir bien qué está ya aprobado y qué es, todavía, solo un anuncio. En Gesisa hacemos seguimiento diario de la normativa de VeriFACTU y del SIF para que nuestros clientes no dependan de estar pendientes del BOE cada semana.

Lo único firme hasta hoy: la factura electrónica B2B ya tiene fecha

La Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, se publicó en el BOE el 5 de octubre y entró en vigor al día siguiente, el 6 de octubre de 2026. Con ella arranca el cómputo de los plazos del Real Decreto 238/2026: las empresas que facturen más de ocho millones de euros deberán emitir factura electrónica desde el 6 de octubre de 2027, y el resto de empresas y autónomos desde el 6 de octubre de 2028. Son, de momento, las únicas fechas respaldadas por una norma publicada recientemente y no por un simple anuncio.

El aplazamiento de VeriFACTU, todavía sin Real Decreto

La nota informativa de Hacienda del mismo 5 de octubre habla de una «previsión de ampliación del plazo», no de una norma aprobada. Es una diferencia que importa en la práctica: mientras no se publique el Real Decreto que la recoja, siguen vigentes las fechas del Real Decreto-ley 15/2025, es decir, el 1 de enero de 2027 para las empresas que tributan por el Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de obligados. Los dos aplazamientos anteriores de VeriFACTU acabaron confirmándose en norma, así que esta previsión tiene bastantes números de seguir el mismo camino, pero hasta que eso ocurra, cualquier empresa que planifique su adaptación debe seguir tomando 2027 como fecha exigible.

Por qué conviene no relajar los plazos de adaptación

Si la nueva fecha de VeriFACTU se confirma, octubre de 2028 dejará de ser solo el horizonte de la factura electrónica para la mayoría de empresas: será también el mes en que entren en vigor, de forma simultánea, VeriFACTU y la factura electrónica B2B emitida, recibida y con comunicación de estados de pago. En Gesisa creemos que ese es el dato que realmente cambia la forma de prepararse. Hasta ahora, cada obligación podía abordarse por separado y con margen de tiempo; si las dos coinciden, los procesos a rediseñar y validar se multiplican, y las pruebas ya no se limitan al ámbito interno: también hay que coordinarlas con clientes y proveedores, que son quienes emiten y reciben las facturas al otro lado.

Por eso nuestra recomendación no cambia aunque la fecha se mueva: no conviene pensar en una solución solo para VeriFACTU, sino planificar desde ya la adaptación conjunta, que es justamente lo que facilita PuenteSIF, nuestra plataforma para VeriFACTU y factura electrónica. Cuanto antes se pruebe la plataforma con proveedores y clientes, menos tensión generará el cambio cuando deje de ser una previsión y pase a ser obligación.

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